Con fecha 18 de noviembre de 2008 tuvo entrada en el Registro General de la
FAF., escrito del CD Mengíbar FS., en el que comunica oficialmente la retirada del
equipo de la competición de Primera Nacional “B”, explicando los motivos que según
el club forzaron la decisión de retirada.
El Juez Único de Competición, como en anteriores ocasiones similares, lament
tal decisión, porque la esencia de la competición es participar, pero entiende
aquella como algo voluntaria y responsablemente tomada.
No obstante, se han de aplicar las normas reglamentarias, y en concreto las
determinaciones que se establecen en los artículos 125 y 101 del Reglamento
Deportivo.
1º Aceptar la renuncia del CD Mengíbar FS., de continuar en la competición de
Primera Nacional “B”
2º Disponer:
a) La pérdida de todos los derechos derivados de la descripción a la 1ª Nacional
“B” (art. 125) incluido el depósito aval o fianza a que hace referencia el
art. 101 del Reglamento Deportivo.
b) La pérdida de la categoría del CD Mengíbar FS., quedando adscrito para la
próxima temporada 2009-2010 a la categoría provincial, dada pérdida de la
categoría actual, 1ª Nacional “B” (art. 125)
3º Disponer lo siguiente respecto de los partidos disputados CD Mengíbar FS.
a) Anular los resultados de los partidos de la primera vuelta que hayan sido
disputados.
4º Todos los jugadores quedan en libertad, pudiendo fichar por el club que deseen
(Art. 125 del Reglamento Deportivo del Comité Nacional de Fútbol Sala)
FAF., escrito del CD Mengíbar FS., en el que comunica oficialmente la retirada del
equipo de la competición de Primera Nacional “B”, explicando los motivos que según
el club forzaron la decisión de retirada.
El Juez Único de Competición, como en anteriores ocasiones similares, lament
tal decisión, porque la esencia de la competición es participar, pero entiende
aquella como algo voluntaria y responsablemente tomada.
No obstante, se han de aplicar las normas reglamentarias, y en concreto las
determinaciones que se establecen en los artículos 125 y 101 del Reglamento
Deportivo.
1º Aceptar la renuncia del CD Mengíbar FS., de continuar en la competición de
Primera Nacional “B”
2º Disponer:
a) La pérdida de todos los derechos derivados de la descripción a la 1ª Nacional
“B” (art. 125) incluido el depósito aval o fianza a que hace referencia el
art. 101 del Reglamento Deportivo.
b) La pérdida de la categoría del CD Mengíbar FS., quedando adscrito para la
próxima temporada 2009-2010 a la categoría provincial, dada pérdida de la
categoría actual, 1ª Nacional “B” (art. 125)
3º Disponer lo siguiente respecto de los partidos disputados CD Mengíbar FS.
a) Anular los resultados de los partidos de la primera vuelta que hayan sido
disputados.
4º Todos los jugadores quedan en libertad, pudiendo fichar por el club que deseen
(Art. 125 del Reglamento Deportivo del Comité Nacional de Fútbol Sala)
La clasificacion sufre importantes modificaciones quedando finalmente:
http://www.losresultados.com/campeonato.php?campeonatoID=317&usuarioID=220
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